El Gobierno ha negado que exista alguna previsión de incluir entre los productos que son financiados en el Sistema Nacional de Salud (SNS) a los fotoprotectores solares para aquellos enfermos afectados de lupus.
Así responde el Ejecutivo en una respuesta parlamentaria dirigida a la portavoz de CiU en el Congreso en materia sanitaria, Conxita Tarruella, recogida por Europa Press, sobre las previsiones acerca de regular el reconocimiento del lupus como una enfermedad crónica, así como para incluir a los fotoprotectores indicados para los afectados de la misma en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.
El Ejecutivo justifica que reciben la consideración de tratamientos crónicos a afectos de su financiación, las especialidades farmacéuticas clasificadas en los grupos y subgrupos terapéuticos incluidos en el 'Anexo III del decreto 1348/2003, de 31 de octubre', por el que se adapta la clasificación anatómica de medicamentos al sistema de 'clasificación ATC', correspondiéndoles a las mencionadas especialidades aportación reducida del usuario.
En lo que se refiere a la inclusión de los fotoprotectores en la cartera de servicios del SNS, el Gobierno apunta que las prestaciones del sistema sanitario público están reguladas por el decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
"No están incluidos los fotoprotectores en dicha cartera de servicios. Los protectores solares, así como los filtros de radiación UV permitidos en los mismos, se encuentran incluidos en el decreto 1599/1997, de 17 de octubre, por el que se regulan los productos cosméticos", recalca.
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