El Gobierno ha aprobado este viernes en Consejo de Ministros el Real Decreto que regula el reconocimiento, en todos los regímenes del sistema de la Seguridad Social, de una prestación económica para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
Así, se beneficiarán los progenitores biológicos, adoptantes o acogedores que reduzcan su jornada de trabajo en, al menos, el 50 por ciento para el cuidado del menor a su cargo, afectado por cáncer u otra enfermedad grave y siempre que trabajen los dos. Cuando ambos tuvieran derecho a la prestación solamente podrá reconocerse a uno de ellos.
De este modo se pretende compensar la pérdida de ingresos que sufren los trabajadores al tener que reducir su jornada -con la consiguiente disminución del salario- por la necesidad de cuidar de manera directa, continua y permanente a los hijos o menores a su cargo, durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.
Cubre un listado de 108 enfermedades graves;
En el área de reumatología se encuentran la artritis idiopática juvenil, el lupus eritematoso sistémico, la dermatomiositis juvenil, la enfermedad mixta del tejido conectivo y otras enfermedades reumatológicas graves; en enfermedades relacionadas con intervenciones quirúrgicas se encuentra hidrocefalia/válvulas de derivación, deformidades torácicas, atresia esofágica, malformaciones renales, cirugía de las displasias esqueléticas, escoliosis, etc.
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